Código ITV 04.16.02: No funciona alguna o ninguna luz

El código ITV 04.16.02 pertenece al apartado 04.16, Luces de circulación diurna. La descripción oficial es: No funciona alguna o ninguna luz. El Manual ITV 7.9 contempla una clasificación leve.

Actualizado: 17/08/2026

AAlumbrado y señalización
CÓDIGO DEL DEFECTO
04.16.02
!REVISIÓN NECESARIA
INFORME ITV
!DEFECTO
Defecto Leve
CategoríaAlumbrado y señalización
Código04.16.02
ElementoAlumbrado y señalización
ClasificaciónLeve
?

¿Qué significa el código 04.16.02?

El informe identifica una incidencia en luces de circulación diurna. Para el código 04.16.02, el manual describe el defecto como: No funciona alguna o ninguna luz. La clasificación contemplada es leve. El defecto leve debe repararse en un plazo máximo de dos meses y, por sí solo, no exige una nueva inspección.

Qué ha detectado la ITV

  • Descripción oficial: No funciona alguna o ninguna luz.
  • Elemento inspeccionado: Luces de circulación diurna.
  • Clasificación contemplada: leve.

Qué puedes revisar de forma segura

  1. Comprueba que el código completo de tu informe sea 04.16.02.
  2. Lee la observación escrita junto al apartado 04.16.
  3. No desmontes componentes de seguridad para realizar una comprobación doméstica.
  4. Solicita a un profesional que confirme el origen exacto y repare el elemento señalado.
  5. Aunque no exija reinspección por sí solo, repara el defecto leve dentro del plazo máximo de dos meses.
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Advertencia de seguridad

El defecto leve debe repararse en un plazo máximo de dos meses y, por sí solo, no exige una nueva inspección.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa el código ITV 04.16.02?

La descripción oficial es: No funciona alguna o ninguna luz. Pertenece al apartado Luces de circulación diurna.

¿Qué clasificación tiene el código 04.16.02?

El Manual ITV 7.9 contempla una clasificación leve. La estación debe indicar la valoración aplicable en el informe.

¿Puedo circular con este defecto?

Sí, si el resultado global de la inspección es favorable. El defecto debe repararse dentro del plazo máximo de dos meses.

¿Cuál es la fuente de esta información?

El Manual de Procedimiento de Inspección de Estaciones ITV, versión 7.9, y los artículos 9 y 11 del Real Decreto 920/2017.